Disposición adicional sexagésima séptima. Edad máxima para optar a la deducción por arrendamiento para emancipación.
Disposición adicional sexagésima séptima del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas · BON-n-2008-90013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
No obstante lo establecido en el artículo 68 quinquies, la edad máxima para optar a la deducción por arrendamiento para emancipación será:
a) 32 años en el periodo impositivo de 2023
b) 33 años en el periodo impositivo de 2024
c) 34 años en el periodo impositivo de 2025
d) 35 años a partir del periodo impositivo de 2026.
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