Disposición adicional séptima. Aplicación de los principios de autosuficiencia y proximidad que han de observarse necesariamente en la gestión de residuos domésticos.
Disposición adicional séptima de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
A partir del 1 de enero 2023 se habilitarán nuevos instrumentos fiscales que graven con proporcionalidad el transporte de residuos domésticos con destino a infraestructuras de eliminación o incineración.
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- Ver la norma completa: Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad.