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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Disposición adicional octava. Flujos de residuos y distribución del fondo de residuos a partir del 1 de enero de 2024.

Disposición adicional octava de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Texto consolidado

A los efectos de la distribución del fondo de residuos a partir del 1 de enero de 2024, los residuos “domésticos” tendrán la consideración de “municipales”, y el resto de residuos tendrán la consideración de “otros residuos”.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-3349.

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