Disposición adicional séptima. Fundaciones que no han presentado cuentas en los últimos seis años.
Disposición adicional séptima de la Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria. · BOE-A-2020-9904
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-04.
Texto consolidado
Al amparo de lo establecido en el artículo 32.f), aquellas fundaciones que a la entrada en vigor de esta ley no hubiesen presentado sus cuentas anuales en los seis últimos ejercicios, se podrá entender que se encuentran incursas en causa de extinción.