Disposición adicional séptima. Modificación de tipos de interés de los préstamos concedidos por el IRYDA.
Disposición adicional séptima de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999. · BOE-A-1998-30154
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
Se faculta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar el tipo de interés nominal de los préstamos que fueron concedidos directamente por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario y que se encuentran en período de amortización. Se tomará como referencia anual el tipo marginal de la última subasta de Letras del Tesoro a un año celebrada en el ejercicio anterior, incrementado en 0,50 puntos.