Disposición adicional séptima. Fomento del empleo de jóvenes.
Disposición adicional séptima de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas. · BOE-A-2009-21160
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-01.
Texto consolidado
El Gobierno presentará, en el plazo de 4 meses, un estudio sobre:
– Las prácticas no laborales y su regulación actual, incidiendo en aspectos como el grado de cumplimiento de su finalidad formativa y la utilización fraudulenta de esta fórmula para cubrir puestos de trabajo.
– Los contratos de trabajo en prácticas y para la formación, la evolución de su utilización, problemas detectados y utilidad para la inserción laboral de los jóvenes.
A la vista de los resultados de este estudio, el Gobierno planteará, en el marco del Diálogo Social, la revisión del marco jurídico de la incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo.
En la citada revisión se contemplará la necesidad de reincorporar a la actividad formativa a aquellos jóvenes que no hayan terminado los estudios obligatorios.
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