Disposición adicional séptima. Adaptación de la relación de puestos de trabajo.
Disposición adicional séptima de la Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad. · DOGC-f-2017-90436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-04.
Texto consolidado
El presidente de la Agencia Tributaria de Cataluña debe adaptar la relación de puestos de trabajo a la nueva estructura corporativa de la Agencia mediante una resolución en la que deben constar los puestos de trabajo que tienen asignados el ejercicio de funciones de gestión, inspección y recaudación de tributos y el ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria y que están reservados a funcionarios de los cuerpos tributarios de la Agencia.
Más artículos de Ley 17/2017
- ← Disposición adicional sexta. Escala técnica tributaria del Cuerpo Superior de Inspección y Técnica Tributaria de la G…
- → Disposición adicional octava. Adecuación de la composición de la Junta de Gobierno de la Agencia Tributaria de Cataluña.
- Ver la norma completa: Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad.