Disposición adicional séptima. Construcción de nuevas vías.
Disposición adicional séptima de la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Carreteras y Caminos. · BOE-A-2002-838
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-27.
Texto consolidado
(Derogada).#dd
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2014, de 17 de junio, del sistema de financiación definitivo de los Consejos Insulares..
Más artículos de Ley 16/2001
- ← Disposición adicional sexta. Modificación de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de …
- → Disposición adicional octava. Variación del coste efectivo.
- Ver la norma completa: Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Carreteras y Caminos.