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Real Decreto-ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional segunda. Extensión del régimen fiscal de la Deuda Pública.

Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. · BOE-A-2012-3395

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-25.

Texto consolidado

Las emisiones de deuda que pudiera llevar a cabo el Fondo al amparo de lo previsto en el artículo 4 de este real decreto-ley tendrán el mismo régimen fiscal que la Deuda Pública.#dfprimera.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 88, de 12 de abril de 2012. Ref. BOE-A-2012-4956.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-03-25.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo, por el que se modifican determinadas normas financieras en relación con las facultades de las Autoridades Europeas de Supervisión..

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