Disposición adicional segunda. Creación del Registro de IICC Elegibles.
Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. · BOE-A-2026-20266
Atención: Real Decreto-ley 26/2026 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, la CNMV creará el Registro de IIC Elegibles y habilitará los medios necesarios para que las instituciones que reúnan los requisitos exigidos puedan solicitar su inscripción.
Más artículos de Real Decreto-ley 26/2026
- ← Disposición adicional primera. Habilitación normativa para la regulación de los proveedores sociales de vivienda y la…
- → Disposición transitoria primera. Solicitudes de prórroga extraordinaria formuladas al amparo del Real Decreto-ley 8/2…
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible.