Disposición adicional segunda. Administración electrónica.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-22.
Texto consolidado
Las solicitudes, comunicaciones o cualquier otro escrito que se realicen en virtud de lo previsto en este reglamento se presentarán en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los términos previstos en la Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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