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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Administración electrónica.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 807/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia. · BOE-A-2021-15312

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-22.

Texto consolidado

Las solicitudes, comunicaciones o cualquier otro escrito que se realicen en virtud de lo previsto en este reglamento se presentarán en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en los términos previstos en la Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-09-22.

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