Disposición adicional segunda. Otros productos.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano. · BOE-A-2013-10950
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-20.
Texto consolidado
Los almacenes mayoristas también podrán suministrar otros productos susceptibles de distribución por el canal farmacéutico en la forma que se establezca en las disposiciones de aplicación siempre y cuando esta actividad no interfiera negativamente con el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos.