Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 731/1987, de 15 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consorcio de Compensación de Seguros. · BOE-A-1987-13914
Atención: Real Decreto 731/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La tasa por derechos de valoración de inmuebles, convalidada por el Decreto 659/1960, de 31 de marzo, que era gestionada por el Consorcio de Compensación de Seguros, pasará a serlo por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda.