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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Catálogo de pictogramas para la señalización.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. · BOE-A-2026-18509

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-01-02.

Texto consolidado

El Real Patronato sobre Discapacidad, O.A., a través del Centro Español de Accesibilidad Cognitiva, creará un grupo de trabajo técnico y especializado con el objetivo de proponer, en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto, un catálogo de referencia con los pictogramas para la señalización existentes con el objetivo de establecer uno de ellos como preferente de acuerdo con la normativa existente. El catálogo deberá aprobarse por el Ministerio competente en materia de discapacidad, que instará a su uso en los ámbitos a los que se aplica el reglamento. El catálogo será público y gratuito y tendrá por finalidad la generalización del uso de estos pictogramas para la señalización por parte de los operadores obligados por el reglamento aprobado en virtud de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2027-01-02.

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