Disposición adicional segunda. Documento Nacional de Identidad de las personas menores de edad.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, por el que se regula el Documento Nacional de Identidad. · BOE-A-2025-6601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-02.
Texto consolidado
La posesión del Documento Nacional de Identidad por menores de edad no supone, por sí sola, autorización para desplazarse fuera del territorio nacional, debiendo ser suplida, a estos efectos, con la correspondiente autorización de quien ejerza la patria potestad o tutela.
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