El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Publicación de precios e índices de precios de los mercados

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico. · BOE-A-2005-21100

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-24.

Texto consolidado

La Comisión Nacional de Energía calculará y publicará los precios finales e índices de precios medios de la energía eléctrica con carácter horario para lo cual, el Operador del Mercado y el Operador del Sistema le remitirán la información necesaria sobre los mercados y servicios que cada uno gestiona; asimismo podrá solicitar a las sociedades rectoras de los mercados a plazo en el ámbito del MIBEL, donde se negocie energía con entrega física, la información que resulte necesaria a estos efectos.

La Comisión Nacional de Energía publicará por vía telemática la información relevante en los términos previstos en el artículo 28 del Real Decreto-ley de 23 de junio, de medidas urgentes, de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, modificado por el artículo vigésimo del Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-24.

Más artículos de Real Decreto 1454/2005

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1454/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.