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Real Decreto Vigente

Disposición adicional segunda. Buques con puerto base en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Disposición adicional segunda del Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera. · BOE-A-2022-23044

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

Texto consolidado

La gestión, tramitación y autorizaciones que afecten a buques con puerto base en las ciudades de Ceuta o Melilla corresponderán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, teniendo en cuenta las competencias transferidas a estas ciudades autónomas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-31.

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