Disposición adicional segunda. Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Disposición adicional segunda de la Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Servicio Público de Empleo Estatal, para la financiación de planes de formación de ámbito estatal, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva. · BOE-A-2019-4809
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-02.
Texto consolidado
De conformidad con lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 36.2.a) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo actuará como entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal en la gestión de las convocatorias de subvenciones públicas que se realicen por dicho organismo en desarrollo de lo previsto en esta orden. La Fundación colaborará en la instrucción de los procedimientos y en la elaboración de las propuestas relativas a la resolución y justificación de las subvenciones, correspondiendo al Servicio Público de Empleo Estatal las competencias de concesión y pago de las subvenciones. Asimismo, la Fundación tendrá la condición de entidad encargada del tratamiento de los datos incluidos en los ficheros de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal que resulten de las actuaciones de colaboración descritas anteriormente.
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