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Orden Vigente 2 redacciones

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Orden de 2 de diciembre de 1994 por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora en desarrollo del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario. · BOE-A-1994-26927

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-11-22.

Texto consolidado

Los funcionarios docentes que desempeñen un puesto en comisión de servicios o que se hallen en situación de servicios especiales con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3.c) y 4 y siguientes del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, podrán someter a evaluación su labor investigadora de acuerdo con lo dispuesto en la presente Orden, aunque los derechos económicos no se devengarán hasta el momento de su reingreso a la Universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-11-22.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2000-20973.

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