Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispuso la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado y por la que se delegan determinadas competencias en el Director general del Tesoro y Política Financiera. · BOE-A-1987-12081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-01.
Texto consolidado
(Sin efecto)
Se deja sin efecto por la disposición derogatoria única.a) de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2012-10335.
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