Disposición adicional segunda. Requisitos para participar en concursos de méritos para selección de directores de centros públicos.
Disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. · BOE-A-2013-12886
Atención: Ley Orgánica 8/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las habilitaciones y acreditaciones de directores de centros públicos expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley Orgánica se considerarán equivalentes a la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, indicada en el apartado 1, letra c), del artículo 134 de esta Ley Orgánica.
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