Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, por la que se regula la asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés social. · BOE-A-2009-10582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-06-16.
Texto consolidado
Finalizado los periodos de 3 y 5 años, referenciados en el artículo seis, sus porcentajes se sumaran proporcionalmente al resto de los grupos, salvo que mediante la correspondiente reforma legal se establezcan otros grupos de actuación que los sustituyan, o se prorroguen los actuales.