Disposición adicional segunda. Normas aplicables a los procedimientos de estabilización de empleo temporal que tramite el Departamento de Educación.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra. · BOE-A-2022-12939
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-15.
Texto consolidado
Únicamente serán de aplicación al personal docente no universitario a que se refiere el título V del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, los artículos 1, 3, 4, 5, 8 (apartados 11 y 14), 9 (apartado 3), 11 y 12 de la presente ley foral, siendo de aplicación en lo demás la normativa específica de este personal.
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