Disposición adicional segunda. Referencias en el modelo de cédula parcelaria a la Ley Foral 3/1995, de 10 de marzo.
Disposición adicional segunda de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra. · BOE-A-2007-189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-25.
Texto consolidado
La mención a los artículos de la Ley Foral 3/1995, de 10 de marzo, reguladora del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra, contenida en el modelo de la cédula parcelaria aprobado mediante Orden Foral 132/2003, de 28 de abril, del Consejero de Economía y Hacienda, se sustituirá en las cédulas emitidas por la Hacienda Tributaria por los artículos correspondientes de la presente Ley Foral.
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