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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Fomento de las iniciativas empresariales en el exterior.

Disposición adicional segunda de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. · BOE-A-2021-5210

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

Texto consolidado

1. Con la finalidad de facilitar la gestión de la puesta en marcha de las iniciativas empresariales, la Administración autonómica podrá, en el marco de sus competencias, poner a disposición de las empresas y de los colectivos profesionales de Galicia los servicios de identificación y actualización de oportunidades de negocio, apoyo en implantaciones en destino, apoyo a la internacionalización, y acompañamiento inicial, en aquellos Estados en que exista una mayor necesidad y demanda.

2. Asimismo, con la finalidad de facilitar el acceso de las personas de otros Estados a los bienes y servicios ofertados por el mercado autonómico, podrán establecerse servicios de mediación y traducción en apoyo a los operadores de las actividades empresariales y profesionales desarrolladas en Galicia.

3. Los operadores gallegos de servicios transfronterizos que tengan conocimiento de actuaciones contrarias a la libertad de prestación de servicios en todo el mercado interior lo podrán poner directamente en conocimiento de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, que, cuando proceda, en el ejercicio de sus competencias, impulsará los procedimientos y las actuaciones que procedan, según el ordenamiento de la Unión Europea, en defensa de sus derechos e intereses legítimos como operadores y ciudadanos europeos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-18.

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