Disposición adicional segunda. Bienes, derechos y obligaciones de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón. · BOE-A-2007-1561
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-14.
Texto consolidado
Los bienes, derechos y obligaciones que, a la entrada en vigor de esta ley, sean titularidad de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica pasarán, sin que se altere su situación jurídica, a ser titularidad de las nuevas corporaciones de derecho público, en cuanto entidades sucesoras de aquellos.