Disposición adicional segunda. Inaplicación del procedimiento de apertura de establecimientos públicos previsto en la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat.
Disposición adicional segunda de la Ley 8/2012, de 23 de noviembre, por la que se regulan los organismos de certificación administrativa. · BOE-A-2012-14979
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-29.
Texto consolidado
No resultará aplicable el procedimiento, ni el régimen de licencias, contemplados en la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental, cuando estén referidos a la apertura de locales o establecimientos públicos sujetos a la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.