Disposición adicional segunda. Adscripción del Instituto de la Mujer de Extremadura.
Disposición adicional segunda de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. · BOE-A-2011-6651
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.
Texto consolidado
El Instituto de la Mujer de Extremadura quedará adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad.