Disposición adicional segunda. SADEI.
Disposición adicional segunda de la Ley 7/2006, de 3 de noviembre, de Estadística. · BOE-A-2007-98
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-07.
Texto consolidado
1. La Sociedad Asturiana de Estudios Económicos e Industriales (SADEI), en su condición de empresa cuyo capital pertenece totalmente a la Administración del Principado de Asturias, llevará a cabo los trabajos que le sean encomendados por los órganos y organismos estadísticos del Principado, en los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
2. En ningún caso quedarán afectadas por la entrada en vigor de la presente Ley las relaciones laborales que SADEI tenga establecidas con el personal a su servicio.