Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 6/2005, de 15 de junio, de la Comunidad Riojana en el Exterior. · BOE-A-2005-12753
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-22.
Texto consolidado
Para el cumplimiento de los fines de la presente Ley, se establecerá anualmente consignación específica en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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