Disposición adicional segunda. Aprobación del Plan General Estratégico del Flamenco.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco. · BOE-A-2023-10786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-22.
Texto consolidado
El Plan General Estratégico del Flamenco deberá estar aprobado en el plazo de dieciocho meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley.