Disposición adicional segunda. Presupuestos.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2018, de 10 de abril, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2018-6220
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-13.
Texto consolidado
Ante la imposibilidad de prever las situaciones que den lugar a la aplicación de esta ley en la elaboración de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se podrán producir las modificaciones de crédito pertinentes para atenderlas.
En cualquier caso, a la entrada efectiva en vigor de las ayudas económicas, deberá crearse una partida extraordinaria en los seis primeros meses de vigencia.