Disposición adicional segunda. Actualización de las cuantías pecuniarias.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. · BOE-A-2014-7536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-29.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para actualizar las cuantías pecuniarias establecidas en la presente ley, a fin de adecuarlas a los cambios de valor adquisitivo de la moneda, según los índices oficiales del Instituto Nacional de Estadística.