Disposición adicional primera. Principios generales.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears. · BOE-A-2014-7536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-29.
Texto consolidado
Se habilita al Gobierno de las Illes Balears para que, de acuerdo con el artículo 58.3 del Estatuto de Autonomía, establezca los principios generales sobre las materias que son competencia propia de los consejos insulares.