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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Medidas de conservación de animales no silvestres.

Disposición adicional segunda de la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos. · BOE-A-2003-19800

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-29.

Texto consolidado

Las medidas de conservación establecidas en el artículo 3 de esta ley, de aplicación a los animales de la fauna silvestre que habite en parques zoológicos, les serán asimismo aplicadas a los animales no silvestres que puedan habitar en dichos parques en régimen de cautividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-29.

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