Disposición adicional segunda. Incorporación de profesoras y profesores de otros niveles educativos a la universidad.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco. · BOE-A-2011-18152
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-01.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma vasca fomentará convenios con las universidades a fin de facilitar la incorporación a los departamentos universitarios de los profesores de los cuerpos docentes a los que se refiere la legislación educativa vigente.