Disposición adicional segunda. Imputación de obligaciones reconocidas al Presupuesto 2002.
Disposición adicional segunda de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002. · BOE-A-2001-24964
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.
Texto consolidado
Con aplicación exclusiva al Presupuesto del ejercicio 2002, las obligaciones a las que se refiere el artículo 49.b) del texto refundido de la Ley General Presupuestaria a imputar al ejercicio serán las reconocidas hasta el fin del mes de diciembre, siempre que correspondan a adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos en general realizados dentro del mismo y con cargo a los respectivos créditos.