Disposición adicional segunda. Aportación de los presupuestos generales del Estado.
Disposición adicional segunda de la Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña. · BOE-A-2015-9722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-05.
Texto consolidado
El Gobierno de la Generalidad ha de negociar con la Administración general del Estado el establecimiento de un marco regular y estable de aportaciones de los presupuestos generales del Estado en el sistema de financiación del transporte público urbano de Cataluña.