Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 2/1997, de 19 de mayo, del Consejo Jurídico de la Región de Murcia. · BOE-A-1997-21767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-10.
Texto consolidado
Basándose en los principios de la presente Ley, el Consejo Jurídico elaborará su Reglamento Orgánico y de Funcionamiento en el plazo de tres meses, desde su constitución, que será elevado al Consejo de Gobierno para su aprobación.