Disposición adicional segunda. Evaluación del sistema educativo.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2022-6768
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-16.
Texto consolidado
1. La Consejería competente en la materia de educación no universitaria, además de participar en las evaluaciones previstas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, coordinadas por la Administración General del Estado, llevará a cabo aquellas evaluaciones externas, que se consideren necesarias, dirigidas a la mejora de la calidad, de la equidad y de la excelencia de la educación.
2. La Comunidad de Madrid podrá participar en las evaluaciones internacionales que sean coordinadas por la Administración General del Estado.
Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en el BOCM núm. 54, de 4 de marzo de 2022. Ref. BOCM-m-2022-90053