Disposición adicional segunda. Informe del Banco de España sobre la independencia de las sociedades de tasación.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. · BOE-A-2013-5073
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-05-15.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses desde la aprobación de esta Ley, el Banco de España remitirá al Gobierno un informe en el que se analicen las posibles medidas a impulsar para, en aras de garantizar la estabilidad financiera y el correcto funcionamiento del mercado hipotecario, se fortalezca la independencia en el ejercicio de la actividad de las sociedades de tasación y la calidad de sus valoraciones de bienes inmuebles.
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