Disposición adicional segunda. Infracciones y sanciones.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria. · BOE-A-2002-6232
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-15.
Texto consolidado
Las infracciones a lo dispuesto en la presente Ley que constituyan un acto ilícito en materia de defensa del consumidor y usuario, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-8555.