Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia. · BOE-A-1995-14602
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-11.
Texto consolidado
La Xunta de Galicia podrá actualizar la cuantía de las multas para adecuarla a las variaciones del coste de la vida, de acuerdo con el índice general de precios al consumo.