Disposición adicional segunda. Del régimen jurídico.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1991-7214
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-02-12.
Texto consolidado
En cuanto al régimen de recursos, y para lo no expresamente recogido en la presente Ley, será de aplicación supletoria lo dispuesto en el capítulo IX del título I de la vigente Ley de Entidades Estatales Autónomas.