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Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional segunda. Exención de la tasa del «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-28.

Texto consolidado

Para el ejercicio 2002 se declara la exención con carácter general de la tasa T510 del «Boletín Oficial de la Región de Murcia», establecida en el anexo segundo de la Ley 7/1997, de 29 de octubre, de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, respecto de los hechos imponibles por suscripciones, vía telemática o informática, del Boletín Oficial diario, del archivo histórico y del tratamiento jurídico del mismo, establecidos en su artículo 4, apartados 6, 7 y 8 respectivamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-28.

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