Disposición adicional quinta. Mecanismos extraordinarios de financiación para el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas.
Disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. · BOE-A-2012-3395
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-11.
Texto consolidado
Las Comunidades Autónomas que se acojan al mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores aprobarán un acuerdo del Consejo de Gobierno u órgano competente en el que conste expresamente que se asume el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera aprobado el 6 de marzo de 2012.
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