Disposición adicional quinta. Aplicación en el Departamento de Salud y sus organismos autónomos.
Disposición adicional quinta de la Ley Foral 7/2017, de 9 de mayo, por la que se amplía el ámbito de aplicación del sistema de carrera profesional a otro personal sanitario no adscrito al Departamento de Salud y sus organismos autónomos. · BOE-A-2017-5952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-20.
Texto consolidado
El nivel de carrera profesional que tenga consolidado el personal facultativo sanitario incluido en el ámbito de aplicación de esta ley foral será reconocido por el Departamento de Salud y sus organismos autónomos en el supuesto de movilidad del facultativo a dicho ámbito. En tal caso, el régimen de carrera aplicable será el establecido por las Leyes Forales 11/999, de 6 de abril, y 31/2002, de 19 de noviembre, y el Decreto Foral 376/2000, de 18 de diciembre.
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