Disposición adicional sexta. Mantenimiento del nivel de carrera profesional.
Disposición adicional sexta de la Ley Foral 7/2017, de 9 de mayo, por la que se amplía el ámbito de aplicación del sistema de carrera profesional a otro personal sanitario no adscrito al Departamento de Salud y sus organismos autónomos. · BOE-A-2017-5952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-20.
Texto consolidado
En el caso de que el personal facultativo sanitario fijo pase a depender de otro departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, se mantendrá el nivel de carrera profesional reconocido en el departamento u organismo autónomo de origen.
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