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Ley Derogada

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. · BOE-A-2004-16384

Atención: Ley 7/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Xunta de Galicia en su ámbito de competencias promoverá y llevará a cabo acciones dirigidas a conseguir los siguientes objetivos, en relación con la información, asesoramiento y orientación para las mujeres:

1. Garantizar el funcionamiento y, en su caso, crear, en el plazo máximo de dos años, centros y servicios de información y asesoramiento a las mujeres en número y dotaciones suficientes.

2. Apoyar a las entidades que presten servicios de información y asesoramiento a las mujeres.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-08-23.

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