Disposición adicional quinta. Gratuidad del «Boletín Oficial de las Illes Balears».
Disposición adicional quinta de la Ley 7/1999, de 8 de abril, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa i Formentera en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. · BOE-A-1999-11708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-21.
Texto consolidado
Será gratuita la publicación en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» de los anuncios, acuerdos y de otros documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio y la gestión por los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera de las competencias atribuidas por la presente Ley.
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